presidente: Jose Ramon
secretario: Juan josé
marketing: Pablo, Daniel, Javier
responsable de ventas: Mario y Pedro
Juan Jose, como secretario de la Sociedad
Cooperativa de Trabajo Asociado “Agaflow”, con domicilio social en,
C/Ulea, s/n, de Totana(Murcia) e inscrita en el Registro General de
Cooperativas EJE.
CERTIFICO:
Que en la Asamblea General Extraordinaria, previa convocatoria al efecto en
tiempo y forma, celebrada el día 17 de Octubre de 2012, contando con la
asistencia de todos los socios de la Cooperativa, cumpliendo los requisitos de
quórum y mayoría, se adoptan por unanimidad, entre otros los siguientes
acuerdos:
Primero.- “Redactar los Estatutos Sociales de la Sociedad Cooperativa “El
precio justo”, aprobándolos todos los socios asistentes a la Asamblea General
Extraordinaria.”
Segundo.-Elegir a los miembros del Consejo Rector e Interventores de la
Sociedad, efectuándose los siguientes nombramientos:
Consejo Rector:
Presidenta: Doña AINHOA BELMONTE MULA, vecina de Totana (Murcia).
Vicepresidente: Doña ANA MARTINEZ ANDREO, vecina de Totana (Murcia).
Secretario: Don VICENTE CANOVAS NAVARRO, vecino de Totana (Murcia).
VOCAL I: Doña SHEILA HERNANDEZ MARTINEZ, vecina de Totana
(Murcia).
Tercero.- Elegir a los miembros de los distintos DEPARTAMENTOS en los que
se va a dividir la Cooperativa:
Departamento de Compras: Doña KARLA, LESLY Y BRYAN
Departamento de Ventas: Doña IBTISAN Y EVA,
Departamento de Marketing: Don KEVIN, RAUL, CARMEN, Y ANDRES
JESUS
Departamento de Contabilidad:
Los nombrados aceptan el cargo, cuya duración será del curso escolar
2012/2013 y manifiestan no estar inmersos en ninguna incompatibilidad o
incapacidad para el desarrollo del mismo.
Cuarto.- Así mismo se manifiesta que todos los socios tienen que desembolsar
el Capital Social Mínimo, que aparece en el artículo 18 de los Estatutos, antes
del 11/11/2012.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos donde proceda, se expide
el presente certificado, que se adjunta a los Estatutos, con el Visto Bueno del
Presidente, en Totana a 22 de Noviembre de 2012.
Dª.VICENTE CANOVAS NAVARRO, como secretario de la Sociedad
Cooperativa de Trabajo Asociado “El Precio Justo”, con domicilio social en
C/Ulea, s/n, de Totana(Murcia) e inscrita en el Registro General de
Cooperativas EJE.
CERTIFICO:
Que la relación NOMINAL DE SOCIOS TRABAJADORES DE LA SOCIEDAD
COOPERATIVA “El Precio Justo”, es la siguiente:
1.-Doña ANA MARTINEZ ANDREO, con capital suscrito y desembolsado de
10€ (DIEZ EUROS)
2.-Don VICENTE CANOVAS NAVARRO, con capital suscrito y desembolsado
de 10€ (DIEZ EUROS)
3.- Don BRYAN PAUL BUSTILLOS MUESES, con capital suscrito y
desembolsado de 10€ (DIEZ EUROS)
4.-Don JOSE LUIS CARMONA RUIZ , con capital suscrito y desembolsado de
10€ (DIEZ EUROS)
5. –Don YOUSEF BACHIRI, con capital suscrito y desembolsado de 10€ (DIEZ
EUROS)
6.-Doña AINHOA BELMONTE MONTIEL, con capital suscrito y desembolsado
de 10€ (DIEZ EUROS)
7.-Don ANDRIAN ANDREO SOLANO, con capital suscrito y desembolsado de
10€ (DIEZ EUROS)
8.-Don KEVIN PEREZ LOPEZ, con capital suscrito y desembolsado de 10€
(DIEZ EUROS)
9.-Doña EVA NICOLAS MARTINEZ, con capital suscrito y desembolsado de
10€ (DIEZ EUROS)
10.-Don RAUL CANOVAS MORENO, con capital suscrito y desembolsado de
10€ (DIEZ EUROS)
11.-Don ANDRES JESUS SANCHEZ MULA, con capital suscrito y
desembolsado de 10€ (DIEZ EUROS)
12.-Doña LESLY ROJAS MORENO, con capital suscrito y desembolsado de
10€ (DIEZ EUROS)
13.-Doña KARLA ESPINOSA JUELA, con capital suscrito y desembolsado de
10€ (DIEZ EUROS)
14.-Doña IBTISAN OURAGHI, con capital suscrito y desembolsado de 10€
(DIEZ EUROS)
15.-Doña SHEILA HERNANDEZ MARTINEZ, con capital suscrito y
desembolsado de 10€ (DIEZ EUROS)
16.-Doña CARMEN MARIA MARTINEZ MUNUERA, con capital suscrito y
desembolsado de 10€ (DIEZ EUROS)
Y para que así conste, y surta los efectos oportunos donde proceda firmo el
presente certificado con el Visto Bueno del Presidente, en Totana a 22 de
Noviembre de 2012.
ESTATUTOS SOCIALES
CAPITULO I
DENOMINIACION, DOMICILIO, ÁMBITO, ACTIVIDADES Y DURACIÓN
Artículo 1.- Denominación
Nombre de la Cooperativa:El Precio Justo, S. Coop.
Artículo 2.- Domicilio Social
El domicilio social de la Cooperativa se establece en C/Ulea, s/n, C.P. 30. 850,
Totana(Murcia)
Artículo 3.- Ámbito Territorial
El ámbito de trabajo es el correspondiente al territorio nacional.
Artículo 4.- Objeto social y actividad económica
Las actividades económicas que, para el cumplimiento de su objeto social,
desarrollará la Cooperativa son: Importación y Exportación de productos.
Artículo 5.- Duración
La sociedad se constituye para un curso escolar(2012/2013)
CAPITULO II
DE LOS SOCIOS TRABAJADORES
Artículo 6.- Adquisición de la condición de socio trabajador
Todos los alumnos matriculados en la optativa “Iniciación Profesional a la
Administración” de 3º ESO pasan automáticamente a formar parte de la
Cooperativa, estando obligados a desembolsar el
Capital Social.
Artículo 7.-Obligaciones de los socios
Esta cooperativa se crea dentro del marco del proyecto educativo Empresa
JovenEuropea con una finalidad eminentemente didáctica, los socios
trabajadores están obligados a cumplir los deberes legales y estatutarios, en
especial tendrán las siguientes obligaciones:
- Cumplir los acuerdos adoptados por los órganos sociales de la cooperativa.
-Participar en la actividad corporativizada que desarrolla la cooperativa para el
cumplimiento de su objeto social.
-Guardar secreto sobre aquellos asuntos y datos de la cooperativa cuya
divulgación pueda perjudicar los intereses sociales.
-Aceptar los cargos para los que hayan sido elegidos.
-No realizar actividades competitivas con las actividades empresariales de la
cooperativa.
- Conocer y poner en práctica los valores de cooperación, equidad,
democracia, igualdad ysolidaridad.
- Tomar decisiones democráticamente.
- Su responsabilidad como socio trabajador estará limitada al capital social
suscrito.
Artículo 8.- Derechos de los socios trabajadores
Los socios trabajadores como mínimo tienen derecho a:
-Asistir, participar en los debates, formular propuestas y votar las propuestas
que se planteen en la Asamblea General y demás órganos colegiados de los
que formen parte.
-Ser elector y elegible para los órganos sociales.
-Participar en todas las actividades de la cooperativa.
-A percibir los excedentes de la cooperativa, denominados anticipos
societarios, una vez ésta se disuelva.
-A percibir la liquidación del capital social cuando proceda.
-Recibir la información necesaria para el ejercicio de sus derechos y
cumplimiento de sus obligaciones.
Artículo 9.- Baja voluntaria
Ningún socio trabajador puede darse de baja en la sociedad cooperativa, ni
voluntariamente ni obligatoriamente, ya que es necesaria su participación para
su posterior calificación en la evaluación.
Artículo 10.- Expulsión de los socios
Ningún socio será expulsado de la cooperativa. Se sancionarán las faltas
cometidas pero nunca se les expulsará.
Artículo 11.- Normas de disciplina social
Los socios trabajadores podrán ser sancionados por las faltas descritas en
estos estatutos, que se clasificarán en leves, graves y muy graves.
Artículo 12.- Faltas
Faltas leves:
- La falta de asistencia no justificada a las sesiones de la Asamblea General.
- El retraso en la realización de sus tareas.
- Las faltas de puntualidad reiteradas.
Faltas graves:
- Los malos tratos de palabra u obra a otros socios.
- El incumplimiento de las normas de seguridad e higiene.
- El abandono de sus tareas sin causa justificada.
- El encubrimiento de faltas de otros socios
- La utilización inadecuada de datos o asuntos.
Faltas muy graves:
- La utilización inadecuada del correo electrónico de la cooperativa.
- No aportar el Capital Social.
- Incumplir las normas de disciplina del centro.
- Falsear los documentos contables.
- Falsear los datos de la memoria de gestión.
- El incumplimiento de las tareas encomendadas.
Artículo 13.- Sanciones
- Por las faltas leves:
Se le bajará la nota de la evaluación 0,5 puntos por cada falta leve.
- Por las faltas graves:
.Directamente suspenso en la evaluación
- Por las faltas muy graves:
Directamente suspenso en la evaluación.
CAPITULO III
ORGANOS DE LA SOCIEDAD
Artículo 14.- LA ASAMBLEA GENERAL
La Asamblea General, constituida válidamente, es la reunión de todos los
socios para deliberar y tomar acuerdos sobre aquellos asuntos que sean de su
competencia vinculando las decisiones adoptadas a todos los socios de la
cooperativa.
Las Asambleas Generales serán de dos tipos: Ordinarias y Extraordinarias.
La Asamblea General Ordinaria se realizará al final del curso (fecha a
determinar por el Consejo Rector). La convocatoria se hará llegar a todos los
socios al menos con una semana de antelación.
En la convocatoria se incluirá el orden del día, y en esta Asamblea General
Ordinaria el Presidente presentará una memoria de gestión, incluyendo el
estado de las cuentas(realizado por el tesorero).
La Asamblea General Extraordinaria será convocada a iniciativa del Consejo
Rector, a petición de 3 socios o a solicitud del Interventor.
Para que una reunión sea válida debe contar con la presencia del 50% de los
socios + 1.
Artículo 15.- EL CONSEJO RECTORES el órgano encargado de la alta
gestión y representación de la cooperativa.
El Presidente y en su caso el Vicepresidente ostentarán la representación legal
de la misma.
El Consejo Rector se compone de TRES miembros titulares.
Los cargos serán los de PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE Y SECRETARIO.
Los consejeros serán elegidos por la Asamblea General por el mayor número
de votos.
Los consejeros serán elegidos por un periodo de un curso escolar (12/13).
La renuncia a consejero deberá realizarse por escrito y comunicarse al Consejo
Rector. En la primera Asamblea General Extraordinaria que se celebre se
cubrirán las vacantes.
Artículo 16.- LA INTERVENCIÓN
El interventor será elegido por la Asamblea General por el mayor número de
votos.
Es el órgano de fiscalización de la Cooperativa, puede consultar y comprobar
toda la documentación de la Cooperativa y proceder a las verificaciones que
estime necesarias. No puede recaer el cargo en una persona que pertenezca al
Consejo Rector.
CAPITULO IV
REGIMEN ECONÓMICO
Artículo 17.- La responsabilidad
Los socios trabajadores no responderán personalmente de las deudas sociales.
Artículo 18.- El Capital Social Mínimo
El capital social mínimo con el que puede funcionar la Cooperativa y que
deberá estar totalmente desembolsado se fija en CIENTO SESENTA EUROS
(160€).
La aportación obligatoria mínima para ser socio trabajador será de diez euros
(10€), cuya cantidad deberá estar desembolsada para adquirir la condición de
socio trabajador antes del 11/11/2012.
Una vez realizada la aportación, el socio trabajador recibirá un certificado que
acreditará su condición de socio y le dará derecho a la devolución del Capital
Social en el momento de la disolución de la Cooperativa. La propiedad de la
aportación social es intransferible.
La no aportación en la fecha indicada conllevará a la generación de intereses
de demora, a razón de 5 céntimos por día de retraso. La devolución de la
aportación social se realizará a final de curso, una vez satisfechas todas las
deudas contraídas por la cooperativa.
Artículo 19.- Aplicación de los excedentes
Del resultado cooperativo, una vez deducidas las pérdidas de cualquier
naturaleza, se destinará el 10% a fines sociales y el resto se repartirá entre los
socios.
CAPITULO V
DE LOS LIBROS Y CONTABILIDAD
El presidente y el secretario son las personas autorizadas para firmar
documentos en nombre de la cooperativa.
El tesorero deberá llevar una contabilidad ordenada y adecuada a la actividad
de la Cooperativa, al final del curso presentará las cuentas a la Asamblea.La
cooperativa se considerará activa desde el momento en que solicite su
inscripción en el REGISTRO GENERAL DE COOPERATIVAS EJE y dará por
finalizada su actividad al final del curso escolar 2012/2013.
Centro: COLEGIO CONCERTADO REINA SOFíA
Direccion: C/ Ulea, s/n, Totana, 30850, Murcia, España
Correo Electrónico: agaflow@rsofia.com
Web/Blog: agaflow.blogspot.com
Alumnos/as: 8
© Ciudad Tecnológica del Valle del Nalón, 2009