Articles of association
Estatutos
• CAPÍTULO I :
Denominación social, domicilio, objeto, ámbito de actuación y duración.
Artículo1: Denominación y régimen legal.
Con la denominación de “EL TREBOL”, se constituye la sociedad cooperativa en la localidad de Archena, provincia Murcia, dotada de plena personalidad jurídicay sujeta a las normas del programa”Empresa Joven Europea”, organizado por ValnalonSau.
Artículo 2: Domicilio social.
Eldomicilio social es la c/Vaso Ibérico de los Guerreros, s/n 300600 Archena Murcia.
Artículo 3: El objeto social.
La cooperativa se constituye con objeto de participar en el programa “Empresa Joven Europea” de Valnalon. La actividad económica será comprar y vender diversos productos.Fomentaremos la creatividad y el trabajo en equipo. La finalidad no es educativa.
Artículo 4: Duración.
Se constituye en Octubre de 2014y en Junio de 2015, se disuelve.
Artículo 5: Ámbito de actuación.
En la Comunidad Autónoma de Murcia.
CAPÍULO II
De los socios.
Artículo 6: Requisitos de los socios.
Primero, para ser socio es necesario estar en la asignatura de Gestión Administrativa de 4º ESO. Segundo, pagar los 10 euros como cuota.
Artículo 7: Obligaciones.
1. Asistir a clase y a todas las reuniones de la Asamblea General.
2. Cumplir los estatutos.
3. Guardar secreto de los asuntos adaptados.
4. Responsabilidad limitada.
Artículo 8: Derechos de los socios.
1. Participar con voz y voto en la Asamblea General.
2. Recibir información de la cooperativa.
3. Loas acuerdos se adaptan por mayoría.
Artículo 9: Régimen disciplinario.
Faltas leves:
1. Falta de respeto y consideración con otros socios.
Faltas graves:
1. La falta de asistencia no justificada a los actos sociales a los que fuese convocado en forma debida.
2. No aceptar los cargos sociales para los que fuesen elegidos, salvo causa justificada de excusa.
3. La acumulación de dos faltas leves aunque sean de distinta naturaleza.
4. No participar en la activdad cooperativista en la forma preceptuada en este estudio.
Faltas muy graves:
1. La falta de pago de las aportaciones al capital y cuotas obligatorias.
2. Prevalerse de la condición de socio para realizar actividades especulativas o contrarias a las leyes.
3. Desarrollar una actuación perjudicial y grave a los intereses de la cooperativa tales como operaciones de competencia, fraude de aportaciones o ocultación de datos relevantes así como la manifiesta desconsideración con el consejo Rector de la cooperativa.
4. Los malos tratos de palabra u obra a otro socio/a, o terceros, con ocasión de reuniones de los órganos sociales.
5. Falsificación de documentos
6. La acumulación de dos faltas graves.
Artículo 10: Causa baja socio.
1. Baja voluntaria. El socio se puede dar de baja en cualquier momento, avisando por escrito al consejo rector.
2. Baja obligatoria. Se darán de baja los socios que tengan dos faltas muy graves. Se hará una asamblea para discutir cada caso.
Capítulo III
Órganos de la cooperativa.
ASAMBLEA GENERAL
Artículo 11: Constitución y convocatoria.
La asamblea estará presidida por el presidente, Ángel Alcolea Palazón, y en su defecto, Jorge Banegas Nicolás, actuará como secretario, Celia Palazón Soriano y en su defecto, Iván García Caracena; les acompañará el tesorero, Ángela López Ortiz y en su defecto Gloria Palazón García.
Las asambleas se convocarán con una antelación minima de 24h
Articulo 12:Competencia
La asamblea general adoptara los siguientes acuerdos.
1. Nombrar y revocar a los miembros del consejo rector.
2. Aprobar las propuestas de la cooperativa
3. Modificar los estatutos
Articulo 13:Adopcion de acuerdos
Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de los votos emitidos. No se computa los votos en blanco ni las abstenciones.
Artículo 14:Actas de la Asamblea.
El acta de la Asamblea se redactará por el secretario y se pondrá al dia y lugar de la reunión, los asuntos debatidos (tratados) y las intervenciones de los socios y las votaciones. El acta se debe aprobar por mayoría simple y se firma por el consejo rector.
Artículo 15: Composición del consejo rector.
1. Presidente: Ángel Alcolea Palazón.
2. Secretario: Celia Palazón Soriano.
3. Tesorero: Ángela López Ortiz.
Artículo 16: Eleccion.
Se elegirá a los miembros del consejo rector por mayoría (previa candidatura)
Artículo 17: Funciones del consejo rector.
1. Corresponde al presidente:
- Convocar las asambleas generales
- Imponer orden
- Dirigir las deliveraciones
- Mabtener el orden, pudiendo expulsar a los miembros de la cooperativa que falten al respeto de la asamblea, quedando esto reflejado en las actas.
- Velar por el cumplimiento de los estatutos.
- Representar a la cooperativa.
2. Corresponde al secretario:
- Redactar las actas y las fichas de registro.
3. Corresponde al tesorero:
- Controlar y guardar el dinero de la cooperativa.
DEPARTAMENTOS DE LA COOPERATIVA:
Artículo 18: Cargos directivos de la cooperativa
1. Presidente: (Ángel Alcolea Palazón)
2. Secretario: (Celia Palazón Soriano)
3. Tesorera: (Ángela Lopez Ortíz)
4. Coordinador de compras y almacén: (Pedro Martínez Miñano)
5. Coordinador de ventas y marquetin: (María Belén Nuñez Campillo)
6. Coordinador de comunicación: (Laura Villar Torrano)
Artículo 19: Duración
Los cargos durarán hasta Junio de 2015, pero estos cargos podrán ser revocados por decisión mayoritaria de la Asamblea.
Artículo 20: Interventores
Serán interventores todos los socios.
CAPÍTULO IV: Régimen económico
Artículo 21: Capital social
El capital social de la cooperativa está constituido por las aportaciones de los socios. Está aportación será de 10 euros. Una vez realizada la aportación, el socio recibirá un recibo firmado por el presidente.
Artículo 22: Reparto de beneficios
Durante la primera quincena de Junio de 2015, se disolverá la sociedad y los fondos resultantes se repartirán de la siguiente manera: el 35% para la AECC y el resto se repartirá a partes entre los socios.
Si algún socio se va voluntariamente, se le devolverán los 10 euros, pero si es echado, no.
CAPÍTULO V: Disolución.
Artículo 23: Disolución
Se disolverá en junio de 2015.
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